La donación de órganos designa la extracción y el injerto de órganos o de tejidos. Un donante, vivo o fallecido, acepta la remoción del órgano para un receptor compatible.
Los órganos más frecuentemente trasplantados son el riñón, el hígado, el corazón y el pulmón.
Las donaciones de sangre y de médula ósea involucran procedimientos diferentes, que no forman parte de la donación de órganos.
Para efectuar una donación de órgano estando vivo, es necesario satisfacer las condiciones siguientes: tener un lazo familiar con el receptor o un lazo afectivo, justificando una vida común o un lazo estable por lo menos de dos años con el receptor, ser compatible, estar bien de salud y aceptar el proceso de donación y de trasplante.
Por lo general, se trata de la donación de un riñón o de una parte del hígado.
La donación de órganos post-mortem es posible en circunstancias raras, como en el momento de una defunción después de un traumatismo craneano, después de un accidente vascular cerebral o después de un paro cardíaco. No existe límite de edad o de contraindicaciones relacionadas a una enfermedad eventual para los donantes.
Este tipo de donación se celebra del modo siguiente: en el deceso del donante potencial, verificar si la persona fallecida aprobó ser donante en sus documentos. Si el difunto no dejó mención de ello, el equipo médico lo consulta con la familia del fallecido.
En caso de acuerdo, un examen sanguíneo y un examen de los órganos del donante son efectuados. Enseguida se realiza una atribución de los órganos a los receptores compatibles, luego se realiza la extracción, el transporte del órgano a trasplantar y la intervención quirúrgica.
La tarjeta de donante de órganos no tiene valor legal. Para darse a conocer como donante de órganos, es recomendado informar a los familiares. En algunos países se considera que cada uno es donante de órganos por defecto. Se trata del consentimiento presumido. En otros países se menciona en el documento de identidad si se es donante o no.
En caso de oposición a la donación, es preferible dejar por escrito que no se autoriza la donación después de su muerte para que se respete su voluntad.
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