Hablamos de delgadez constitucional cuando una persona no consigue enforgar a pesar de comer normal o, incluso, mucho. La delgadez constitucional debe diferenciarse de la anorexia, que es verdaderamente patológica. Esta persona, aunque tiene buena salud, es delgada y no consigue engordar. El término de delgadez constitucional se aplica a aquellas personas que tienen un peso inferior al 10% de su peso teórico normal y cuyo índice de masa corporal (IMC) es inferior a 17,5.